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INTECO unificó requisitos de respuesta ante emergencias para centros de trabajo y sitios públicos

- Gobierno decretó cumplimiento obligatorio de dicho documento normativo.
- CNE trabaja en divulgación para que instituciones y empresas lo conozcan y apliquen
- INS, MEP e l INDER, entre otras, ya lo han incorporado en sus procesos de capacitación

 

Costa Rica cuenta con un documento normativo que establece los requisitos que debe contener el plan de emergencia de cualquier centro de trabajo y de los sitios públicos: centros comerciales, estadios, iglesias, residenciales, guarderías, etc. Se trata de la norma CNE-NA-INTE-DN-01, elaborada por el Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica INTECO a solicitud de la Comisión Nacional de Emergencias.

Esta norma viene a unificar los criterios del Ministerio de Salud, Cuerpo de Bomberos, Consejo de Salud Ocupacional y Comisión Nacional de Emergencias, lo que hace menos engorroso el trámite para las organizaciones que presentan sus planes de emergencia con el fin de obtener permiso de funcionamiento, y a la vez, es rigurosa, pues toma en cuenta una serie de aspectos que podrían mitigar los efectos de una emergencia.

“Lo novedoso de esta norma es que establece los requisitos de un plan de preparativos y respuesta ante emergencias que contempla las amenazas, condiciones de vulnerabilidad y riesgo, así como los recursos y capacidades del centro laboral, para poder trabajar en las medidas de preparación y respuesta que garanticen la seguridad humana y reduzcan las pérdidas materiales y el impacto social que provocan las situaciones de emergencias”, aseguró Alexandra Rodríguez, directora de Normalización de INTECO.

Además, en el Decreto Nº39502-MP del 7 de octubre del 2015, el Ministerio de la Presidencia estableció la obligatoriedad del cumplimiento de dicha norma:

Artículo 5°- “El campo de aplicación de la norma es a todos los centros laborales y de ocupación pública tales como sitios para reuniones públicas, residencial, hoteles, centros educativos, cuidado de la salud, industriales, negocios, mercantil, centros comerciales, almacenamiento, servicio, albergues, guarderías, centros diurnos y centros de acogida, detención y correccionales.

A partir de la publicación de esta norma, los planes de preparativos y respuesta, o los planes de atención de emergencias que soliciten las instituciones del estado costarricense a cualquier organización, deberán ajustarse al contenido normativo de este documento. Por ello, todas las instituciones del estado costarricense, deberán adaptar las solicitudes de requisitos de los planes de preparativos y respuesta, al contenido de esta norma”.

Fuentes de la Comisión Nacional de Emergencias indicaron que están trabajando en la divulgación del documento, cuyo propósito es que exista una mejor preparación y respuesta ante determinado evento, principalmente a la hora de salvaguardar la vida de las personas que se encuentran en centros de ocupación pública. Por ahora, instituciones como el INS, el MEP, el INDER, entre otras, ya han incorporado en sus procesos de capacitación los requisitos de esta Norma.

La norma se ubica dentro del Marco de Acción de Hyogo, la Política Centroamericana de Gestión Integral de Riesgos (PCGIR) y el Plan Nacional de Gestión de Riesgo (PNGR). Igualmente responde al cumplimiento del mandato de la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo N°8488, la Ley del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica N° 8228 y el Reglamento General para el Otorgamiento de Permisos de Funcionamiento del Ministerio de Salud N° 34728-S.

Para más información sírvase comunicarse con Ana Cecilia Cruz o Laura Rivera a los teléfonos 2280 9403/8813 7466/7154 0343

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